Esta sentencia del Trinbunal Superior de Justicia de Castilla León del año 2004, es de lo mas interesante. Si la leéis es muy cortita, se consigue ganar el recurso a pesar de que en los hechos la Guardia Civil había visto tirar la colilla. Sin embargo, el Tribunal decide admitir el recurso y anular la sanción, en base a que, y cito textual:
"...no existiendo mas pruebas inculpatorias que dicho testimonio contradictorio, y negados en todo momento los hechos por el citado denunciado, determina que en aplicación del citado principio constitucional (se refiere al principio de inocencia) no se consideren acreditados los hechos fundamento de la responsabilidad del actor en la infracción sancionada".
Asi pues, si os encontráis en esta situación debéis alegar esto mismo que expone la sentencia adjuntada cintándola expresamente.
Nunca dejéis de exigir vuestros derechos...
"...no existiendo mas pruebas inculpatorias que dicho testimonio contradictorio, y negados en todo momento los hechos por el citado denunciado, determina que en aplicación del citado principio constitucional (se refiere al principio de inocencia) no se consideren acreditados los hechos fundamento de la responsabilidad del actor en la infracción sancionada".
Asi pues, si os encontráis en esta situación debéis alegar esto mismo que expone la sentencia adjuntada cintándola expresamente.
Nunca dejéis de exigir vuestros derechos...
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