Como lo prometido es deuda, os dejo un recurso-tipo que podéis usar en el desdichado caso de que os llegue la tan temida multita...
Este recurso es muy sencillo y simple, y debe ser tenido en cuenta como base, ya que llegado el momento, deberá ser amoldado a cada caso concreto.
Pues nada más, sólo deseo que ninguno tengámos nunca que usarlo
A LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO DE .......
D. /Dña. (NOMBRE APELLIDOS), con (D.N.I) y domicilio, a afectos de notificaciones, en C/?? núm. ??..de la ciudad de??.., comparece en el Expediente núm. XX./XX, incoado por una presunta infracción recogida en el art. 25.1 de la L.O. 1/92, de Protección de la Seguridad Ciudadana y, como mejor proceda en Derecho, DICE:
Que le ha sido notificado el acuerdo de iniciación del expediente citado supra, y no estando conforme con su contenido, mediante el presente escrito viene a efectuar, en tiempo y forma, las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA.- Los hechos denunciados no son ciertos y atentan de forma clara a la verdad, por lo que la denuncia esta fundada en un evidente error, pues aunque efectivamente me encontraba el día de los hechos en el lugar que reza en la denuncia, no portaba sustancia estupefaciente alguna/ no estaba consumiendo sustancia estupefaciente alguna, como quedará corroborado en los medios de prueba propuestos en el presente recurso.
(NOTA: será diferente el sentido del recurso según estemos ante tenencia o consumo)
El objeto de protección de la Ley, es la seguridad pública, por lo que para que ésta sea menoscabada será necesario hacer ostentación pública de la sustancia ilegal incautada. Así pues, en el caso de que no haya ocurrido así está sanción se ubica al margen del fin del protección de la norma.
SEGUNDA.- Sin perjuicio de lo anterior, interesa reseñar que el registro al que fui sometido por (IDENTIFICAR EL CUERPO DE SEGURIDAD QUE EFECTUÓ EL REGISTRO. Vgr. Guardia Civil) se encontraba totalmente injustificado, y, por ende, se torna en ilegal en la medida en que no existía motivo alguno para efectuar ese registro de conformidad con la legislación vigente.
Además quiero resaltar, mi disconformidad en las formas en las que se efectuó ese registro, puesto que desde el primer momento el trato recibido por parte de los agentes de la autoridad fue denigrante, en la medida en que no existió indicio que motivara el registro realizado.
(NOTA: Aquí se podría escribir un párrafo explicando las circunstancias reales, sólo en el caso de que sean susceptibles de favorecer el caso)
Así pues, susodicho cacheo no tuvo otro motivo o justificación que las sospechas despertadas por la indumentaria y aspecto mostrado en el momento de la intervención, razones que por su mismo carácter discriminatorio demuestran por sí mismas, la inconstitucionalidad e ilegalidad de dichos registros, y que, por tanto, no deben ser permitidos como pruebas en un Estado de Derecho como el nuestro.
TERCERO.-
A.- NOTA: En caso de que en el Acta de Infracción propongan una cantidad mayor del límite mínimo 300 ?
En todo caso, y para el improbable supuesto de que no se estimaran las presentes alegaciones, interesa resaltar que la sanción propuesta de.... ? es desproporcionada.
Aunque, como ya hemos expuesto, no se ha cometido infracción administrativa alguna, interesa señalar, a efectos de no vernos precluidos en nuestro derecho, que una hipotética sanción por los hechos denunciados debería establecerse en su grado mínimo, esto es, 300 ?, so pena de vulnerar el Principio de Proporcionalidad, de conformidad con el art. 131 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, máxime cuando no existe reiteración ni reincidencia alguna y la naturaleza de los perjuicios causados ha de entenderse nula, siendo escasa la cantidad que se dice aprehendida.
B.- NOTA: En caso de que no propongan cantidad alguna Opciones:
No hacer ningún comentario al respecto
Hacer una propuesta de sanción, que tendría el siguiente formato:
En todo caso, y para el improbable supuesto de que no se estimaran las presentes alegaciones, interesa resaltar que la sanción debiera ser la mínima en atención al Principio de Proporcionalidad, de conformidad con el art. 131 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, máxime cuando no existe reiteración ni reincidencia alguna y la naturaleza de los perjuicios causados ha de entenderse nula, siendo escasa la cantidad que se dice aprehendida.
Aunque, como ya hemos expuesto, no se ha cometido infracción administrativa alguna, interesa señalar, a efectos de no vernos precluidos en nuestro derecho, que una hipotética sanción por los hechos denunciados debería establecerse en su grado mínimo.
Por lo expuesto,
SUPLICO que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tener por hechas las manifestaciones que obran en el cuerpo del mismo, y tras los trámites legales, acuerde decretar la no existencia de responsabilidad al no haberse cometido infracción administrativa alguna.
OTROSI DIGO que, de conformidad con la normativa vigente, proponemos en este recurso los siguientes medios de prueba:
- Testifical
De los acompañantes de esta parte el día de los hechos, D??.., con domicilio en la C/??.. ,de la ciudad de ?..; D??. con domicilio en la c/ ??. de la ciudad de ?.. y D??., con domicilio en la Avda/. ??. de la ciudad de ?..
Esta parte deberá ser citada para la práctica de la prueba propuesta.
- Pericial
Consistente en análisis de la sustancia que se dice incautada, con expresa indicación del T.H.C. (principio activo de los derivados cannábicos) de la misma.
SEGUNDO OTROSI DIGO que esta parte solicita se le remita copia del expediente administrativo en su totalidad, y especialmente del acta de infracción que se debió levantar el día de los hechos, así como, en su caso, del análisis que se haya podido realizar en la sustancia que se dice intervenida.
Igualmente solicitamos se remita toda la nueva documentación que se vaya incorporando al expediente.
TERCER OTROSI DIGO, que esta parte designa como domicilio, a efectos de notificaciones, el sito en C/??., núm. ?, de la ciudad de
NOTA: en el caso de que interese el cambio de domicilio.
Por lo que,
SUPLICO que tenga por propuestos estos medios de prueba y lo solicitado en los restantes otrosí digo, previos los trámites oportunos, sean admitidos y acuerde lo necesario para su práctica.
En.., a. de.... ....de dos mil ?..
Fdo. D. / Dña...... (Nombre Apellidos).
NOTA: Es importa firmar el documento, ya que en caso contrario el recurso sería anulable, que no nulo.
NOTA.2: OJO! Debemos quedarnos siempre con una copia debidamente sellada.
Este recurso es muy sencillo y simple, y debe ser tenido en cuenta como base, ya que llegado el momento, deberá ser amoldado a cada caso concreto.
Pues nada más, sólo deseo que ninguno tengámos nunca que usarlo
A LA SUBDELEGACION DEL GOBIERNO DE .......
D. /Dña. (NOMBRE APELLIDOS), con (D.N.I) y domicilio, a afectos de notificaciones, en C/?? núm. ??..de la ciudad de??.., comparece en el Expediente núm. XX./XX, incoado por una presunta infracción recogida en el art. 25.1 de la L.O. 1/92, de Protección de la Seguridad Ciudadana y, como mejor proceda en Derecho, DICE:
Que le ha sido notificado el acuerdo de iniciación del expediente citado supra, y no estando conforme con su contenido, mediante el presente escrito viene a efectuar, en tiempo y forma, las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA.- Los hechos denunciados no son ciertos y atentan de forma clara a la verdad, por lo que la denuncia esta fundada en un evidente error, pues aunque efectivamente me encontraba el día de los hechos en el lugar que reza en la denuncia, no portaba sustancia estupefaciente alguna/ no estaba consumiendo sustancia estupefaciente alguna, como quedará corroborado en los medios de prueba propuestos en el presente recurso.
(NOTA: será diferente el sentido del recurso según estemos ante tenencia o consumo)
El objeto de protección de la Ley, es la seguridad pública, por lo que para que ésta sea menoscabada será necesario hacer ostentación pública de la sustancia ilegal incautada. Así pues, en el caso de que no haya ocurrido así está sanción se ubica al margen del fin del protección de la norma.
SEGUNDA.- Sin perjuicio de lo anterior, interesa reseñar que el registro al que fui sometido por (IDENTIFICAR EL CUERPO DE SEGURIDAD QUE EFECTUÓ EL REGISTRO. Vgr. Guardia Civil) se encontraba totalmente injustificado, y, por ende, se torna en ilegal en la medida en que no existía motivo alguno para efectuar ese registro de conformidad con la legislación vigente.
Además quiero resaltar, mi disconformidad en las formas en las que se efectuó ese registro, puesto que desde el primer momento el trato recibido por parte de los agentes de la autoridad fue denigrante, en la medida en que no existió indicio que motivara el registro realizado.
(NOTA: Aquí se podría escribir un párrafo explicando las circunstancias reales, sólo en el caso de que sean susceptibles de favorecer el caso)
Así pues, susodicho cacheo no tuvo otro motivo o justificación que las sospechas despertadas por la indumentaria y aspecto mostrado en el momento de la intervención, razones que por su mismo carácter discriminatorio demuestran por sí mismas, la inconstitucionalidad e ilegalidad de dichos registros, y que, por tanto, no deben ser permitidos como pruebas en un Estado de Derecho como el nuestro.
TERCERO.-
A.- NOTA: En caso de que en el Acta de Infracción propongan una cantidad mayor del límite mínimo 300 ?
En todo caso, y para el improbable supuesto de que no se estimaran las presentes alegaciones, interesa resaltar que la sanción propuesta de.... ? es desproporcionada.
Aunque, como ya hemos expuesto, no se ha cometido infracción administrativa alguna, interesa señalar, a efectos de no vernos precluidos en nuestro derecho, que una hipotética sanción por los hechos denunciados debería establecerse en su grado mínimo, esto es, 300 ?, so pena de vulnerar el Principio de Proporcionalidad, de conformidad con el art. 131 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, máxime cuando no existe reiteración ni reincidencia alguna y la naturaleza de los perjuicios causados ha de entenderse nula, siendo escasa la cantidad que se dice aprehendida.
B.- NOTA: En caso de que no propongan cantidad alguna Opciones:
No hacer ningún comentario al respecto
Hacer una propuesta de sanción, que tendría el siguiente formato:
En todo caso, y para el improbable supuesto de que no se estimaran las presentes alegaciones, interesa resaltar que la sanción debiera ser la mínima en atención al Principio de Proporcionalidad, de conformidad con el art. 131 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, máxime cuando no existe reiteración ni reincidencia alguna y la naturaleza de los perjuicios causados ha de entenderse nula, siendo escasa la cantidad que se dice aprehendida.
Aunque, como ya hemos expuesto, no se ha cometido infracción administrativa alguna, interesa señalar, a efectos de no vernos precluidos en nuestro derecho, que una hipotética sanción por los hechos denunciados debería establecerse en su grado mínimo.
Por lo expuesto,
SUPLICO que teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, tener por hechas las manifestaciones que obran en el cuerpo del mismo, y tras los trámites legales, acuerde decretar la no existencia de responsabilidad al no haberse cometido infracción administrativa alguna.
OTROSI DIGO que, de conformidad con la normativa vigente, proponemos en este recurso los siguientes medios de prueba:
- Testifical
De los acompañantes de esta parte el día de los hechos, D??.., con domicilio en la C/??.. ,de la ciudad de ?..; D??. con domicilio en la c/ ??. de la ciudad de ?.. y D??., con domicilio en la Avda/. ??. de la ciudad de ?..
Esta parte deberá ser citada para la práctica de la prueba propuesta.
- Pericial
Consistente en análisis de la sustancia que se dice incautada, con expresa indicación del T.H.C. (principio activo de los derivados cannábicos) de la misma.
SEGUNDO OTROSI DIGO que esta parte solicita se le remita copia del expediente administrativo en su totalidad, y especialmente del acta de infracción que se debió levantar el día de los hechos, así como, en su caso, del análisis que se haya podido realizar en la sustancia que se dice intervenida.
Igualmente solicitamos se remita toda la nueva documentación que se vaya incorporando al expediente.
TERCER OTROSI DIGO, que esta parte designa como domicilio, a efectos de notificaciones, el sito en C/??., núm. ?, de la ciudad de
NOTA: en el caso de que interese el cambio de domicilio.
Por lo que,
SUPLICO que tenga por propuestos estos medios de prueba y lo solicitado en los restantes otrosí digo, previos los trámites oportunos, sean admitidos y acuerde lo necesario para su práctica.
En.., a. de.... ....de dos mil ?..
Fdo. D. / Dña...... (Nombre Apellidos).
NOTA: Es importa firmar el documento, ya que en caso contrario el recurso sería anulable, que no nulo.
NOTA.2: OJO! Debemos quedarnos siempre con una copia debidamente sellada.
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