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lectores de DNIe gratis

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  • #1

    lectores de DNIe gratis

    La campaña pretende fomentar el uso del nuevo DNI electrónico (DNIe). Para ello, se regalarán más de 300.000 lectores de DNIe a los ciudadanos. Los lectores a repartir serán gratuitos. Las personas que soliciten uno deberán pagar solamente 2 ? de gastos de envío.
    https://www.tractis.com/red-es/medio...s/colabora/faq

    (fuente c.café)

  • #2
    Respuesta: lectores de DNIe gratis

    No se, a mi cuanto menos controlado me tengan mejor... Aunque supongo que habra gente a la que le resulte muy util.

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    • #3
      Respuesta: lectores de DNIe gratis

      yo me he instalado uno y me lo he quitado porque te rastrean, tienes que activarlo y entonces, te enlazan la linea con el dni como si fuese un troyano, no se, a mi me ha parecido muy chungo el tener que activarlo y no he llegado a meter mis datos ni mi dni
      Spam no permitido

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      • #4
        Respuesta: lectores de DNIe gratis

        d esas cosas yo no me fio un pelo... me parece k lo unico k kieren kon tanta tecnologia es tenernos kada vez mas controlados i reprimidos.. tanto d.n.i electronico i tanta polla... ya se que se dicenm muxas cosas i nunka saves siu son verdad o no pero tambien oí k el facebook este k ara todo l mundo fue creada por la c.i.a d los estados unidos.. eso sí, yo x si akaso d la mayoria d tecnologias y esas cosas k sacan no me fio para nada xk ya todo lo utilizan pa estudiarnos, controlarnos, manipularnos y reprimirnos!!!!

        x supuesto k esto no va x echoes (quien kiera pillarse el cacharro esta en su derecho, namás falaría) sino x las altas autoridades & copany k kda vez nos tienen mas reprimidos!!

        TODO ES UN PUTO JUEGO EN EL K NOSOTROS SOMOS LAS PIEZAS I ELLOS LOS K LAS MUEBEN!!!!

        wno peñikaa, a pesar d todo a disfrutar k son 2 diass

        Salu2

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        • #5
          Respuesta: lectores de DNIe gratis

          El proyecto de firma electrónica marcha en paralelo a la iniciativa del DNI electrónico, que ya tiene un desarrollo estatal en países como Finlandia y Bélgica. En el Tecnimap 2004, celebrado en Murcia, se presentó un DNI electrónico que incluía dos pares de claves de firma electrónica, lo que asegura una relación interesante entre ambos proyectos.



          Pero las necesidades exigen soluciones más complejas. La firma electrónica es un paso importante para la seguridad en la Red, aunque no definitivo. Con ella, los internautas disfrutarían de los cinco elementos básicos para garantizarla: información sólo disponible para el usuario, con un origen conocido, sin ninguna alteración previa, con acceso a ella dónde y cuándo quiera el usuario, y que nadie puede negar su envío y su recepción.

          El funcionamiento de una firma electrónica se basa en la Infraestructura de Clave Pública, conocida como PKI, en sus siglas inglesas. El titular tiene dos claves, una pública y otra privada. Toda la información que él envíe a través de la Red estará asociada automáticamente a su clave privada ?que sólo conoce él? mientras que los posibles receptores conocerán únicamente su clave pública. Ambas claves mantienen una relación complementaria, como la que tiene una llave con su cerradura.

          La información recibida se encuentra encriptada, lo que aumenta la seguridad de la comunicación. El usuario que recibe una información de un emisor conocido, introduce su clave pública, y como dos piezas de puzzle que encajan a la perfección, la información se hace visible para el receptor.

          Dos tipos de firmas

          Dentro de la firma electrónica existen dos tipos, firma electrónica básica y avanzada. La básica no garantiza la identidad de la información recibida. Los datos que se adjuntan a la información no aseguran que el envío se haya realizado desde un emisor conocido. La firma electrónica avanzada sí garantiza la seguridad, porque asegura que el envío se realiza por parte del emisor conocido, siempre a través de la relación complementaria entre sus claves privada y pública.



          Quienes conceden el uso de una firma electrónica y garantiza que cada firma corresponde a ese usuario y no otro, son las Autoridades de Certificación Digital, que necesitan cumplir con unos requisitos muy concretos impuestos por el Ministerio de Justicia.

          Todas ellas expiden tres tipos de certificados digitales:


          Certificados de servidor: destinados a establecer el protocolo SSL en una comunicación entre cliente (usuario) y el servidor (página 'web'). Aplicado en el comercio electrónico, cifra la información que viaja entre el cliente y el servidor, (numero de la tarjeta de crédito, dirección personal, productos comprados).

          Certificados de Firma de Código: con ellos se puede evitar la entrada de virus en él o establecer sistemas para el pago de licencias de un modo sencillo.

          Certificados Personales: se utilizan para identificar las personas que acceden al sitio 'web' o que firman un determinado documento (firma de contratos a través de Internet, Visado Digital, facturación electrónica, Voto electrónico, etc).

          ¿QUÉ ES LA FIRMA ELECTRÓNICA?

          La Firma electrónica es un sistema de acreditación que permite verificar la identidad de las personas con el mismo valor que la firma manuscrita, autentificando las comunicaciones generadas por el firmante.

          La posesión de la Firma electrónica permite a su titular disfrutar de los servicios on-line que la Junta de Extremadura y otras Administraciones Públicas ponen a disposición de los ciudadanos en sus páginas webs.

          La Junta de Extremadura, con fecha 1 de Septiembre de 2.004, firmó un Convenio con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda. El objeto de dicho convenio es la prestación de los servicios técnicos, administrativos y de seguridad necesarios en orden a garantizar la validez y eficacia de la emisión y recepción de comunicaciones y documentos producidos a través de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Junta de Extremadura.

          El 18 de abril de 2005 se añadió una Adenda a este Convenio para ampliar el ámbito de aplicación a las ciudades de más de 50.000 habitantes.

          A este convenio se pueden adherir todas aquellas administraciones locales de Extremadura que lo deseen, suscribiendo el correspondiente Acuerdo de adhesión.

          ¿CÓMO SE PUEDE OBTENER?

          Las gestiones para la obtención de la Firma electrónica y el correspondiente Certificado digital, acreditativo de la misma, deben realizarse ante una Autoridad de Certificación.

          Dicha Autoridad de Certificación en el ámbito de Extremadura es la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre con quien ésta ha sucrito el correspondiente convenio para el uso de Certificados Clase 2 CA.

          Si ya posee dicho Certificado Clase 2CA, o lo ha solicitado anteriormente por otros motivos, no es necesario solicitar uno nuevo, ya que le servirá el que actualmente tenga.

          Si no posee dicho Certificado, debe conectarse a la dirección http://www.cert.fnmt.es/clase2/iniciomain.htm y seguir los pasos que en la misma se indican, el segundo de los cuales es la acreditación de la identidad del solicitante de manera presencial.

          La firma electrónica identifica al firmante. Legalmente, la firma electrónica tiene la misma validez que la manuscrita.
          Si se desea que los partes de alta y baja, así como las recetas sean aceptadas por empresas, Seguridad Social y farmacias, respectivamente, caben acudir al uso de la firma electrónica
          Por lo que respecta a los partes de alta y baja, la utilización de firma electrónica se configura ya como una opción a corto plazo.
          En este sentido, el pasado 11 de abril el Consejo de Ministros aprobó la suscripción de un Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la FNMT de 115.000 Euros para el período 2003-2006.
          Este convenio regula utilización de la firma electrónica en el ámbito del sistema Delt@, para la tramitación de los partes de accidentes de trabajo, lo que va a posibilitar que todos los agentes implicados en dicha tramitación se comuniquen mediante Internet, en un entorno seguro.
          Resulta por tanto evidente la facilidad que existe de llegar a un acuerdo con Seguridad Social para la tramitación de los partes de alta y baja con el uso de firma electrónica, de tal forma que el envío de los partes se podría realizar telemáticamente.
          Como ya hemos señalado, también es posible la utilización conjunta de la firma electrónica y digitalizada. Así, cabe incluir en los documentos firmados electrónicamente la firma digitalizada, teniendo éstos al ser impresos en papel la validez que otorga la firma electrónica, equiparada a la firma manuscrita.
          En los supuestos en los que los destinatarios de la información (Seguridad Social, empresas y farmacias) lo deseasen, podrían recibir ésta en formato electrónico, reduciendo costes y evitando posibles retrasos en su gestión y elaboración de datos estadísticos. Asimismo, la reducción de la utilización de papel contribuiría a un considerable ahorro económico y de espacio físico para todas las partes implicadas.
          Para ello, por lo que respecta a las empresas y las farmacias, sólo precisarían la solicitud de la firma electrónica, petición sencilla y gratuita, para la correcta recepción de los citados partes.
          Con esta opción, estas entidades estarían cumpliendo en parte las obligaciones previstas por la Ley de Protección de Datos, como veremos más adelante.
          2 .2.) FACILIDAD DE OBTENCIÓN Y EXTENSIÓN DE SU USO
          La obtención del certificado digitalque permite la firma electrónica de documentos es sencilla. La principal emisora de estos certificados es la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), cuyos servicios utilizan Administraciones estatales, autonómicas y municipales o registradores y notarios, entre otros.
          La Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social permiten ya realizar a los ciudadanos gran número de trámites mediante la firma electrónica, evitando así desplazamiento y esperas. Así, por ejemplo, es posible presentar la mayoría de las declaraciones tributarias (incluidas las de la renta o IVA) mediante este método.
          Su solicitud se realiza a través de Internet, es gratuita y sólo exige personarse una única vez ante un funcionario público (de la Diputación de Barcelona, por ejemplo) para verificar la identidad del solicitante de la firma electrónica.


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